Este servicio Web ha sido suspendido. Como consecuencia de ser la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía una agencia pública empresarial, de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la contratación laboral en la Agencia, responde a los principios y reglas establecidas en el Estatuto Básico del Empleado Público. En dicho sentido, dispone el artículo 70.1 de la citada Ley 9/2007, que la selección del personal solo podrá llevarse a cabo mediante convocatoria pública en medios oficiales y con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Por tales motivos en la actualidad la Agencia lleva a cabo la contratación temporal mediante la utilización del Servicio Andaluz de Empleo y mediante las ofertas de empleo públicas que se autoricen por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con arreglo a la tasa de reposición de efectivos aprobada por la legislación presupuestaria.
No obstante, para sustituciones en Periodo de Alto Riesgo en el dispositivo de extinción de incendios forestales (INFOCA), hasta tanto se anuncie y resuelvan las convocatorias de la correspondiente Oferta de Empleo Público, subsistirá la Bolsa de Trabajo actual con el funcionamiento acordado con la representación sindical de la Agencia.